
El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante resolución 000010 de 6 de enero de 2026, estableció el reporte, verificación, reconocimiento y ordenación del giro de la remuneración mensual y de la afiliación al Sistema de la Seguridad Social Integral de los internos de Medicina. Esta novedad surge como parte de la reforma laboral propuesta y aprobada por el Gobierno actual.
Por lo anterior, a partir de enero de 2026, los estudiantes de Medicina UIS que ingresen a niveles XI y XII durante un año recibirán la remuneración de un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, más el costo de la afiliación a ARL, fondo de pensiones y salud.
Esta asignación mensual la recibirá el estudiante interno de medicina como apoyo de sostenimiento educativo en el marco del desarrollo del internado rotatorio que corresponde al último año de formación académica de acuerdo con el plan de estudios establecido por la Institución de Educación Superior en la que se encuentre matriculado.
Aquel apoyo tiene como propósito exclusivo facilitar la formación del estudiante y, por tanto, no constituye salario, ni ninguna otra forma de acreencia laboral, ni genera emolumentos o prestaciones sociales de ninguna naturaleza entre el estudiante y la institución prestadora de salud o el Ministerio de Salud y Protección Social.
El pago de este apoyo de sostenimiento educativo no podrá exceder el término de un (1) año de internado rotatorio contemplado en el plan de estudios del programa.
En este sentido, esta novedad, dignifica y contribuye al sostenimiento económico de los estudiantes y sus familias que están finalizando el programa académico de Medicina. A su vez, la Universidad reduce el pago de la ARL de estos estudiantes beneficiarios, pues ahora, se hará a través de la ADRES (Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud)
Esta novedad facilita la inclusión de los estudiantes en todos los escenarios práctica, incluyendo a aquellas instituciones que anteriormente, no tenían la opción de pagar una bonificación de medio salario mínimo que se había establecido previamente con la UIS.