En el marco de La Cátedra Salud y Sociedad se desarrolló un panel de discusión para abordar los usos potenciales de los cannabinoides desde diversos enfoques biológicos, industriales, jurídicos y médicos, en la que participaron invitados con experticia en cada una de las áreas, fomentando experiencias de aprendizaje que permitan el intercambio de ideas de los miembros de la comunidad universitaria.
Este panel de discusión inició con el componente biológico, a cargo del Dr. Andrés Felipe Castaño González, quien es profesor titular adscrito a la Escuela de Biología de la Facultad de Ciencias y director del Herbario UIS. El profesor Castaño desde su formación como Biólogo, M.Sc en Biología y PhD en Diversidad y Adaptación de plantas; abordó la temática de cómo se ha modificado genéticamente la especie Cannabis sativa en otras con fines recreativos, enfocandose en la pregunta ¿Las variedades de Cannabis sativa han sido producto de evolución natural o manipulación por el hombre y cuáles son las implicaciones éticas de estas modificaciones?
«Cannabis sativa es una especie herbácea de la familia Cannabaceae, nativa del continente Asiatico, y hablar de su modificación genética requiere hacer un viaje en la historia, ya que ha sido seleccionada artificialmente desde hace más de 10 a 15 mil años, en la revolución del Neolítico, inicialmente con fines de fitomejoramiento para usar sus fibras de cáñamo como textiles», explicó el profesor Castaño.
Con el paso de los años, al estudiar el metabolismo de las plantas y su capacidad de producir un gran número de moléculas químicas, a nivel económico se despertó el interés por domesticar y generar nuevas variedades de la Cannabis sativa, con el propósito de modificar las concentraciones de los metabolitos secundarios conocidos como los alcaloides, que en este caso corresponde al cannabinol. El principal componente psicoactivo es el tetrahidrocannabinol (THC) y actualmente frente a este compuesto, los actores que buscan venderla con fines recreativos buscan generar OGM (Organismos Genéticamente Modificados) para incrementar cada vez más sus concentraciones, generando preocupación frente a su impacto en la salud.
Como conclusión, el profesor Castaño enfatizó en que si bien es cierto que las plantas realizan naturalmente modificaciones genéticas por polinización cruzada, en donde un grano de polen de un individuo se va hasta el órgano femenino de otro individuo, para garantizar una variabilidad genética en los individuos que les permitan adaptarse al ambiente y sus cambios; el hombre ha sido el responsable de la generación de nuevas variedades de Cannabis con fines psicoactivos. Además, a nivel ético la modificación genética en plantas tiene como beneficios la tolerancia a herbicidas, resistencia a plagas, tolerancia al estrés abiótico y enriquecimiento con micronutrientes. Pero también tiene como riesgos que pueden ser considerados como antinaturales, ocasionar flujo genético entre la planta silvestre y manipulada que causa problemas en los ecosistemas, la justicia y la solidaridad (se debe divulgar conocimiento para tener la libertad de decisión sobre el uso de estos OGM).
Por otra parte, el componente industrial estuvo a cargo del empresario Eduardo Enrique Mayorga Rojas, quien es fundador y CEO de Green Health Colombia, y consejero delegado principal de Medical Precision Care Vet. El empresario Mayorga, desde su formación como MBA, y especialista en gerenciamiento, planeación estratégica y desarrollo de proyectos, desarrolló su presentación frente a los avances significativos agro-industriales con cannabinoides, respondiendo a la pregunta: ¿Cuál es la diferencia entre el cannabis que se usa para fines recreativos en comparación con el de fines industriales?
Inicialmente, el Dr. Mayorga indicó que el cannabis tiene más de 140 moléculas, entre las más conocidas son: el THC (psicoactivo), CBD (no psicoactivo) y CDG (más potente que el CBD). En principio, la planta que se utiliza para fines recreativos, industriales y medicinales es la misma, Cannabis sativa; lo que la diferencia de un uso al otro son las concentraciones de los cannabinoides.
Precisamente, este es un problema que tienen las industrias con las entidades que las auditan, ya que la planta visualmente no se puede diferenciar, la única forma de hacerlo es hacer extracción de la flor y analizarla en el laboratorio. El Cannabis medicinal (legal) que está aprobado en Colombia, son fórmulas magistrales que deben tener prescripción médica, registro Invima y un químico farmacéutico en el equipo de trabajo; garantizando una trazabilidad, calidad, sostenibilidad y pago de impuestos del producto. Además debe cumplir unas normas de cultivo como: no uso de pesticidas, seguimiento de metales pesados en la tierra y análisis de laboratorio desde la cosecha hasta el producto final.
El cannabis recreativo (ilegal) no realiza ningún seguimiento de calidad y no sigue las normas mencionadas anteriormente, generando inseguridad en los consumidores y delincuencia en torno a este mercado. Por ende, más que legalizar es importante reglamentar el uso del cannabis recreativo para evitar estas consecuencias.
Actualmente, la industria automotriz está volviendo a utilizar la fibras del cáñamo del cannabis en las carrocerías de los carros reemplazando la fibra de plástico, ya que es mucho más resistente, económica y amigable con el medio ambiente. También la industria alimenticia está incluyendo en algunas comidas y bebidas el cannabis considerando su alta carga proteica. En cuanto a los usos del cannabis medicinal se ha estudiado su beneficio en patologías neurológicas, fibromialgia, psoriasis, parkinson, insomnio, glaucoma y cáncer.
De acuerdo a las estadísticas globales del potencial de mercado de la industria del cannabis medicinal, se proyecta en el año 2025, mover 76 billones de dólares a nivel mundial, siendo muy rentable en países como Estados Unidos, Canadá, Alemania, Italia y Uruguay. Desafortunadamente en Colombia se ha observado una reducción significativa de las empresas orientadas a los usos medicinales de los cannabinoides, pasando de cerca de 1400 empresas a tan sólo 300, debido a que las certificaciones de calidad internacionales que se renuevan anualmente son muy costosas y sin estas no se puede competir en el mercado global farmacéutico.
Sin embargo, gracias a las condiciones térmicas del suelo Colombiano, resulta ser un producto de materia prima muy atractivo para compañías extranjeras, debido a que permite la producción de cultivo durante todo el año a un precio muy económico, por ejemplo, cultivar 1 g de flor seca en Canadá cuesta 1,5 dólares, mientras que en Colombia cuesta 30 centavos de dólar. En Colombia se está exportando genética, flor seca de CBD y THC, extractos para industrias cosméticas y farmacia magistral, cannabis fitoterapéuticos y homeopáticos.
En la región Santandereana, una de las compañías de cannabis medicinal es Green Health, que cuenta con un laboratorio de farmacia magistral donde se transforma la materia prima en cosméticos funcionales (para piel y cabello) y medicamentos humanos y veterinarios. Empezaron en el 2017 con inversión extranjera y hasta este año están empezando a generar las primeras ventas a nivel nacional proyectándose a hacer exportaciones. Cuentan con productos como gotas sublinguales, supositorios, óvulos vaginales y cápsulas en gel.
Como conclusión, el Dr. Mayorga hizo énfasis en que desde nuestros ancestros es de conocimiento los múltiples beneficios del cannabis con fines medicinales, pero falta mayor documentación y evidencia científica que lo respalde. Por lo que invitó a fortalecer la relación entre las universidades, la industria, el sector de la salud y el gobierno, para generar conocimiento, beneficio para todos los sectores y al mismo tiempo potenciar a que Colombia se convierta en un productor competitivo de medicamentos a base de cannabis y no sólo de materia prima, que mejore la calidad de vida de los pacientes.
En lo que corresponde al componente jurídico, a cargo del profesor Diego Hernando Hernández Velásquez, abogado, magister en Hermenéutica Jurídica y Derecho, quien actualmente es el director de Bienestar Estudiantil UIS; se abordó la pregunta ¿Qué determina desde la jurisprudencia que una sustancia psicoactiva sea legalizada?
El Dr. Hernández propuso la discusión de la legalización del cannabis de uso adulto, desde tres hitos en el campo jurídico en Colombia. El primero de ellos corresponde a la ley 30 de 1986, que establece el estatuto de estupefacientes y tiene unas definiciones que son de obligatoria revisión si se quiere reconstruir el estado del arte normativo sobre la regulación y reglamentación del cannabis.
Este estatuto fue promulgado en Colombia en 1986, porque desde 1961 y hasta la década de los 70, en el marco de la ONU se habían expedido los marcos regulatorios o reglamentarios internacionales en donde se definía exactamente qué sustancia se considera estupefaciente, psicoactivo, medicamento o fármaco. Es decir, que no fue Colombia como estado, el primero que determinó estas definiciones. Por ende a la hora de establecer la ley 30, no hubo una conversación interna como estado y sociedad en torno a los estupefacientes, ya que se acogió la perspectiva internacional.
Este estatuto se volvió a revisar en el segundo hito, que ya no fue legislativo (Congreso) sino jurisprudencial, en donde la Corte Constitucional en el año 1994 propone una interpretación respecto a una de esas categorías de la ley 30, que corresponde a la categoría de dosis personal, para despenalizar el consumo de la dosis mínima bajo el derecho del libre desarrollo de la personalidad. Esta ley indica cuántas plantas se pueden sembrar de cannabis para uso recreativo y cuanto es el gramaje que puede portar una persona sin que sea ilegal.
En este año la corte constitucional nos llevó a reflexionar por primera vez como sociedad y como mercado, un estatuto que se había creado a la luz de un entorno internacional, abriendo paso a discusiones en torno a estas sustancias. Sin embargo, el derecho no es coherente en torno a esta interpretación porque dice que es legal portar la dosis mínima, pero para que el consumidor pueda acceder al producto debe acudir a un mercado que es ilegal, entonces la norma es incongruente, exponiendo a los consumidores a un riesgo en su integridad personal, patrimonio, seguridad y salud, llevándolo a adquirir las características del mercado ilegal. Evidentemente, la legalización de este consumo conduciría a una coherencia entre el tema del consumo de la dosis personal y un mercado normativo, regulado y de calidad controlado por el estado.
Como tercer hito, el profesor Hernández abordó la ley 1787 de 2016, en donde el estado dio un paso muy importante reglamentando el uso médico y científico del cannabis. Curiosamente en este mismo año se generó el “boom” del cannabis medicinal en Colombia. Sin embargo, años después esta industria se ha visto muy perjudicada por la misma incongruencia mencionada anteriormente, debido al impacto y lo que tendría que hacer la industria para poder acceder al mercado en torno a este producto. Adicionalmente, es importante analizar y entender los intereses que hay alrededor del mapa geopolítico en este tema. Por ejemplo, Estados Unidos internamente tiene uno de los mercados líderes de cannabis a nivel mundial, y también es quien hasta ahora determina o certifica si un estado latinoamericano como nosotros cumple o no con el control de cultivos de cannabis (pudiendo ser muy competitivos por las características del suelo de cultivo de la materia prima). En ese sentido Estados Unidos desde su posición como potencia, hace ver al cannabis como un producto peligroso, mientras que ellos internamente están fortaleciendo el uso científico, médico y recreativo del mismo.
«En síntesis, la definición de que una sustancia sea legal o ilegal no viene del derecho, sino de la cultura de la sociedad», concluyó el Dr. Hernández. Somos nosotros los que apoyamos y determinamos qué sustancias son ilegales y cuales no, es decir, lo que hace el derecho es confirmar un patrón cultural de aceptación o de legitimación rastreando la sensibilidad de la sociedad sobre lo que acepta como admisible. Entonces el origen de nuestras prohibiciones proviene de nuestras interacciones culturales, siendo el derecho un reflejo de estas. Colombia ha intentado hasta hace pocos meses reglamentar mediante una ley el uso adulto o recreativo del cannabis, pero no se ha logrado porque la sociedad no ha superado la discusión de si es bueno o malo.
Este panel de discusión finalizó con un espacio de preguntas de los estudiantes y el público asistente a los conferencista invitados, teniendo como representante del componente médico al profesor Tito César Quintero, médico Especialista en Psiquiatría con Maestría en Drogodependencias, adscrito al Departamento de Salud Mental UIS. El profesor Quintero explicó que hasta el momento las condiciones médicas bajo la cuales se prescribe el uso de cannabinoides es muy regulada y solo está aprobada en condiciones muy específicas, como la epilepsia refractaria o pacientes con cáncer en estado terminal, siempre y cuando hayan pasado por los procesos terapéuticos con medicamentos tradicionales, sin que estos hayan logrado tener un efecto en la mejoría, es decir, los cannabinoides son considerados como última opción. Esto en parte es debido, a que experimentar con sustancias ilegales es muy complejo, lo que hace difícil la generación de evidencia científica que respalde el uso del cannabis medicinal en ciertas patologías.
Los conferencistas agradecieron a la Cátedra y al Departamento de Salud Mental por el espacio, ya que estos eventos académicos abren muchos horizontes de interacción entre diferentes disciplinas teóricas y prácticas, siendo fundamentales para aprender, educar y conversar diversos temas que hacen parte de la sociedad a la que pertenece una universidad.